Violencia vicaria

Prisión permanente a una madre que acabó con la vida de su hija en un contexto de controversias con el padre por las visitas

Violencia vicaria

El Tribunal Supremo califica de violencia vicaria el asesinato de una menor de siete años por su madre. Ello en base a que la condenada buscó premeditadamente un sistema para acabar con la vida de su hija, de la que ostentaba su guarda y custodia, en lugar de protegerla, con plena capacidad de facultades y posteriores actuaciones intentado el borrado y ocultación de pruebas. Los hechos se enmarcan en un contexto de controversia con el padre de la niña por el régimen de visitas, del que este tenía intención de solicitar judicialmente su ampliación.

Confirma así la sentencia condenatoria del tribunal del jurado. Consta en los hechos probados que la condenada había estado indagando en internet los días previos al crimen sobre los medios con los cuales podía acabar con la vida de su hija, como el uso de veneno. Aunque la madre tenía algún tipo de trastorno, no afectaba a sus facultades mentales ni a sus capacidades cognitivas o volitivas ni a su capacidad de autocontrol, comprendiendo la ilicitud del hecho. Con todo ello se excluye su aplicación como eximente o atenuante.

Para el TS no se ha infringido el principio acusatorio por el hecho de que el jurado, al valorar la prueba, haya concluido que, entre las opciones posibles como objeto del veredicto de eximente completa, incompleta, atenuante e inexistencia de alteración mental, se decantara por la inexistencia, al entender que en el momento de los hechos el trastorno de la acusada no le impidió comprender y entender la ilicitud del acto.

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