Deber de socorro

Absuelto un hombre que no paró a atender a su novia que murió tras caer huyendo ambos de la policía

Deber de socorro

La AP Ourense (AP) ha absuelto a un hombre que había sido condenado por un tribunal del jurado como autor de un delito de homicidio en comisión por omisión por no prestar asistencia a la víctima para evitar su fallecimiento después de una caída.

Son hechos probados que el procesado y la víctima mantenían una controvertida relación de novios desde hacía dos meses, puesto que eran habituales los enfrentamientos mutuos en presencia de terceras personas. Habían sido denunciados por actuaciones delictivas. Enterados de que la Guardia Civil había sido alertada de su presencia salieron corriendo por la orilla de un río, cayendo la víctima al suelo y perdiendo el conocimiento. El procesado siguió su camino sin pararse a prestarle la asistencia necesaria para evitar su fallecimiento. l cuerpo de la joven fue localizado ocho meses después en el cauce del río.

Argumenta la AP que hecho no puede ser penalmente calificado de homicidio por comisión por omisión, por cuanto ni concurre en el acusado una posición de garante (aquella en la que se tiene el deber específico de velar por la no producción de un resultado delictivo y la obligación de actuar para evitarlo), ni tampoco hubiese podido evitar el fallecimiento de la víctima.

En cuanto a esto último, se desconoce cómo se produjo el fallecimiento, es decir, si fue de forma inmediata o si derivó de la falta de asistencia médica. Por tanto, no hay suficiente prueba de que se hubiese podido salvar.

Destaca además que llevaban saliendo solo dos meses, lo que no parece suficiente para concluir que de ella nazca la obligación de garantía, y más cuando se desconocen los términos en los que la misma se desarrollaba.

Nuestros profesionales están a su disposición para defender su causa y conseguir una justa calificación penal de los hechos

 

 

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